El principal objetivo de la Ley N°20.855,es que a partir de la entrada en vigencia de la ley de todos los gastos asociados a las gestiones de alzamiento son de cargo del banco acreedor. Con lo anterior, se libera al deudor que ha pagado totalmente sus deudas de la obligación de realizar trámites o gestiones e incurrir en gastos relacionados al referido alzamiento.
Este proceso no tiene costo alguno para el cliente, tanto en la confección de la escritura como en la inscripción de la misma en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente a la propiedad.