¿existe un glosario hipotecario?

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  • Ad Corpus:Quiere decir que la propiedad se está vendiendo en el estado, características y dimensiones que usted constató en la visita que realizó a la propiedad. Si para usted es relevante el metraje de la propiedad, le sugerimos verificar previamente con el vendedor que las dimensiones sean las que le informaron.
  • Ahorro:es la cantidad monetaria excedente de las personas e instituciones sobre sus gastos. También se denomina así a la parte de la renta que después de impuestos no se consume, en el caso de las personas físicas; ni se distribuye en el caso de la sociedad. También se define como el porcentaje del ingreso que no se destina al gasto y que se reserva para necesidades futuras a través de una cuenta de ahorros en una institución financiera.
  • Antecedentes comerciales y crediticios:corresponde a un registro de las operaciones que una persona realiza en diversas instituciones (comerciales y financieras) que permiten establecer su confiabilidad y nivel de riesgo para responder a sus compromisos financieros y comerciales.
  • Aval:persona natural o jurídica que asume la responsabilidad de cumplir con la obligación de un tercero en el caso de que éste no lo haga.
  • Balance general:es el estado básico demostrativo de la situación financiera de una empresa, a una fecha determinada, preparado de acuerdo con los principios básicos de contabilidad gubernamental que incluye el activo, el pasivo y el capital contable.
  • Banco:de acuerdo al Artículo 40 de la Ley General de Bancos un banco es toda sociedad anónima especial que, autorizada en la forma indicada por la dicho cuerpo legal “se dedique a captar o recibir en forma habitual dinero o fondos del público, con el objeto de darlos en préstamo, descontar documentos, realizar inversiones, proceder a la intermediación financiera, hacer rentar estos dineros y, en general, realizar toda otra operación que la ley le permita”. En su artículo 50, la misma ley explica que el “monto del capital pagado y reservas de un banco no podrá ser inferior al equivalente a 800 mil Unidades de Fomento”. Sin embargo, para su creación se requerirá sólo la mitad de esa cantidad, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Finalmente, en el artículo 51 indica que mientras el banco no alcance el capital mínimo indicado antes, “deberá mantener un patrimonio efectivo no inferior al 12% de sus activos ponderados por riesgo, proporción que se reducirá al 10% cuando tenga un patrimonio efectivo de 600.000 Unidades de Fomento”.
  • Banco Central de Chile:es un organismo autónomo, de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica, patrimonio propio y duración indefinida, cuyo objetivo es velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.
  • Bono:obligación financiera contraída por el inversionista que se expresa en un certificado de deuda o promesa de pago futura, documentada en un papel y que determina el monto, plazo, moneda y secuencia de pagos
  • Capital:total de recursos físicos y financieros que posee un ente económico, obtenidos mediante aportaciones de los socios o accionistas destinados a producir beneficios, utilidades o ganancias
  • Captación:obtención de recursos de terceros en forma de préstamo o crédito. Las instituciones financieras mantienen permanentemente distintas formas de captación de fondos de personas naturales o jurídicas: pagarés, fondos mutuos, debentures, bonos, certificados de depósitos, etc.
  • Captación a plazo fijo:es aquel depósito tomado por instituciones financieras con fecha de vencimiento específica para la recuperación del capital y los intereses correspondientes.
  • Captación a plazo renovable:corresponde a depósitos en que al finalizar el plazo de vencimiento se reinvierte automáticamente el nuevo monto representado por el capital más los intereses ganados.
  • Cartera vencida:categoría que agrupa a todos los créditos que han cumplido impagos el plazo aceptado por la SBIF, que es un máximo de 90 días. El traspaso de créditos desde la cartera normal a la vencida es automático, para evitar errores que signifiquen una sanción para el Banco.
  • Cheque:orden escrita girada por el librador (dueño de la cuenta corriente bancaria) contra el banco librado (aquel en que éste tiene su cuenta corriente bancaria) para que éste pague a su presentación el todo o parte de los fondos que aquél posea. El cheque es siempre pagadero a la vista; cualquier mención en contrario se debe tener por no escrita. El cheque puede ser “a la orden”, “al portador” o “nominativo”.
  • Cheque a la orden:documento de pago en que se han tachado las palabras “o al portador”, pero sin tachar la frase “la orden de”. Debe llevar el nombre de la persona que lo presente en cobro, por lo que el banco exigirá, previo al pago, la presentación de la cédula de identidad. Por medio de endoso, mediante una firma, puede ser transferido a otra persona
  • Cheque al portador:documento de pago en que no se han tachado las expresiones “o al portador” ni “a la orden de”. Es transferible sin necesidad de endoso, pudiendo ser cobrado o depositado en la cuenta corriente bancaria de cualquier persona
  • Cheque cruzado:documento de pago en cuya parte frontal se han trazado dos líneas transversales. Puede ser cobrado sólo a través de su depósito o encargo de cobranza a través de un banco. Tanto los cheques a la orden, los cheques al portador y los nominativos pueden ser cruzados
  • Cheque endosado:corresponde a un cheque que no sea nominativo que en su parte posterior tiene la firma del beneficiario, mediante la cual se permite al tenedor del cheque cobrarlo en un banco o entregarlo mediante endoso, a otra persona
  • Cheque nominativo:es el cheque en que se han borrado mediante rayas las palabras “o al portador” y “la orden de”. Puede ser cobrado sólo por la persona en cuyo favor se ha girado. Puede ser endosado exclusivamente a un banco, en comisión de cobranza, colocando las palabras “valor en cobro” o “para ser depositado en mi cuenta corriente”.
  • Cheque viajero:es un cheque emitido por un banco por un valor específico, generalmente en una moneda dura, a requerimiento de una persona que lo adquiere para sí misma. Sirve como medio de pago en cualquier país. Su emisión y uso se encuentran sujetos a regulaciones específicas. Cada cheque viajero incluye la impresión previa de la firma de su poseedor; ella sirve para cotejarla posteriormente con la que se coloque en el documento al momento de hacerlo efectivo. Es frecuente su emisión en chequeras con cheques de distinta denominación, para facilitar su uso
  • Colocación:negociación destinada a la venta de una nueva emisión de valores, o a la concesión de un préstamo a largo plazo.
  • Comisión de prepago:es el monto de intereses que el deudor debe pagar al acreedor, además del capital, cuando hace el pago anticipado de una obligación con una institución financiera.
  • Crédito:cambio de una prestación presente por una contraprestación futura; es decir, se trata de un cambio en el que una de las partes entrega de inmediato un bien o servicio y el pago correspondiente más los intereses devengados los recibe más tarde
  • Crédito de consumo:préstamo realizado por una entidad financiera a una persona natural, con el fin de hacer la compra de un bien o servicio; el pago correspondiente más los intereses devengados son enterados en un plazo que se haya convenido entre las partes pero que normalmente se realiza en el corto o mediano plazo
  • Crédito hipotecario:crédito de largo plazo, que generalmente se utiliza en la compra de un bien raíz sobre el cual se establece la cláusula de hipoteca a favor del prestatario
  • Cuenta corriente bancaria:contrato en virtud del cual un banco se obliga a cumplir las órdenes de otra persona hasta la concurrencia de las cantidades de dinero que hubiese depositado en ella o del crédito que se haya estipulado. Aunque no es aplicado con frecuencia en la práctica, los bancos están facultados para cobrar comisión y abonar intereses en las cuentas corrientes bancaria, de acuerdo a las normas que fije el banco central. Las órdenes dadas a los bancos por un cuentacorrentista se hacen a través de un cheque
  • Cuota:cada uno de los pagos periódicos que se realizan para saldar una deuda. Su monto normalmente incluye parte del capital, los intereses del período y las comisiones que correspondan por la operación
  • Depósito:es una suma de dinero entregada a una institución financiera, con el propósito de generar intereses en un período de tiempo determinado.
  • Desgravamen:nombre de un tipo de seguro que se toma para créditos. Consiste en que a la muerte del titular del crédito, el acreedor declara cancelado el mismo, sin que los herederos u deudores solidarios deban hacer pagos para su cancelación.
  • Derecho de Uso y Goce:En la compra de un departamento o vivienda ubicada en Condominio es posible que todo o parte del terreno o algunos estacionamientos se asignen en uso y goce al comprador en vez de venderlo. Desde el punto de vista práctico, quien adquiere el uso y goce del bien tiene las mismas facultades para usarlo que tiene el dueño. Al igual que el dominio, el titular del uso y goce además de poder usar el bien libremente, puede vender estos derechos y transmitirlos a sus herederos.
  • Deuda:obligación de una persona natural o jurídica de pagar a un tercero una suma de dinero; cuando la deuda es producto del otorgamiento formal de un crédito, generalmente se considera un plazo para ser pagada y una tasa de interés sobre el capital dado como préstamo.
  • Deuda castigada:créditos contabilizados como incobrables por el banco, en atención al incumplimiento del cliente.
  • Deuda impaga o morosa:toda obligación que no ha sido pagada en la fecha y condiciones pactadas en el momento de aprobar el negocio. Se consideran todos los créditos con un atraso de hasta 89 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento y que no han sido traspasados a cartera vencida.
  • Deuda relacionada:se refiere a la que mantienen las empresas o personas, cuyas relaciones de propiedad están cruzadas con otras empresas o personas que pueden ser o no clientes del Banco. Los bancos exigen la confección de la respectiva “Malla de Grupo”, para analizar en forma adecuada todas las deudas relacionadas y evitar de este modo infracciones a las disposiciones legales vigentes, referidas a los márgenes de crédito.
  • Deuda vencida:son consideradas todos los créditos que han completado 90 o más días impagos. Por disposiciones de la SBIF, todos los bancos deben pasar a cartera vencida las cuotas o montos globales de créditos morosos por el plazo estipulado; sin embargo, el ejecutivo comercial puede decidir el traspaso a cobranza judicial a contar del primer día de atraso en el pago, según la situación del cliente.
  • Devengar:adquirir derecho a alguna percepción o retribución por razón de trabajo, servicio u otro título. En el caso de depósitos u otros haberes, lo devengado corresponde a lo ganado en un período.
  • Dinero:cualquier elemento de aceptación generalizada por parte de una comunidad que sirva de medio para efectuar cualquier tipo de transacción: compraventas, depósitos, ahorro, etc. El dinero sirve de padrón común de medida del valor de los bienes y servicios, como medio de cambio o de pago y de depósito de valor. La palabra “dinero” deriva del latín denarium, que era una moneda utilizada por los romanos para realizar actividades comerciales.
  • Dólar acuerdo: llamado también dólar de referencia. Corresponde al valor de cambio de la moneda nacional establecido por la autoridad monetaria en base a una canasta de monedas extranjeras, cada una con su particular ponderación fijada en función del volumen de transacciones comerciales en las áreas de influencia de ellas y de la divisa utilizada en los contratos de esas transacciones comerciales.
  • Dólar observado:es el promedio de los precios del dólar alcanzados en las transacciones del día anterior entre bancos y empresas y que es informado por el Banco Central de Chile.
  • Dólar informal:es el valor del dólar que se transa fuera del mercado cambiario formal (bancos o empresas autorizadas).
  • Dólar interbancario:es el valor que alcanza el dólar durante las transacciones diarias realizadas entre los bancos.
  • Dólar:es el nombre de la moneda de Estados Unidos, que se usa como referencia en todo el mundo. Pese a ello hay que anotar que muchos otros países usan el nombre dólar para sus respectivas monedas, tales como Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Singapur.
  • Dow Jones:índice bursátil de la Bolsa de Nueva York, calculado a partir de una muestra compuesta por las 30 acciones (blue chips) que generalmente lideran su sector industrial en Estados Unidos.
  • Flujo:se refiere a las operaciones cursadas por la institución en un período determinado
  • Garantía hipotecaria:es un derecho real que recae sobre un inmueble que, permaneciendo en poder del que lo constituye, da derecho al acreedor para perseguirlo de manos de quien se encuentre y de pagarse preferentemente del producido de la subasta.
  • Gravamen:tributos y obligaciones a que está afecta una persona natural o jurídica por el derecho a operar, poseer o transar un bien o servicio
  • Hipoteca:consiste en el otorgamiento de un bien inmueble como garantía del cumplimiento de una obligación o compromiso financiero. La cosa hipotecada puede ser enajenada por parte del acreedor en caso de incumplimiento de dicha obligación por parte del deudor, con el objeto de cubrir el monto de lo adeudado.
  • Índice de Basilea:es aquel que mide los riesgos a los que están expuestos los bancos. Para ello se calcula la relación entre el capital pagado y las reservas, más los bonos subordinados, y esto no puede superar el 50% del capital y reservas. Luego, todo eso se divide por los activos ponderados por riesgo (patrimonio efectivo sobre activos ponderados por riesgo). Lo que se exige a las entidades es un índice Basilea de 8%, mientras que los bancos que tienen una alta participación de mercado deben tener un Basilea mayor.
  • Interés:es un porcentaje (que finalmente se traduce en un monto de dinero) que se paga o recibe por las operaciones de depósito o préstamo de dinero. Se calcula mediante porcentajes y al valor resultante se le llama tasa de interés.
  • Interés corriente:de acuerdo al Artículo 6 de la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, es el interés promedio cobrado por los bancos y las sociedades establecidas en Chile en las operaciones que se realicen en el país, con exclusión de las comprendidas en el artículo 5 de la misma Ley. Corresponde a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras determinar las tasas de interés corriente, pudiendo distinguir entre operaciones en moneda nacional, reajustables o no reajustables, en una o más monedas extranjeras o expresadas en dichas monedas o reajustables según el valor de ellas, como asimismo, por el monto de los créditos, no pudiendo establecerse más de dos límites para este efecto, o según los plazos a que se hayan pactado tales operaciones.
  • Letra de cambio:documento que testimonia una promesa de pago a favor de un tercero, por parte de una persona llamada aceptante, por una suma y a una fecha determinada, sin condición alguna, en especial sin contra presentación.
  • Letras hipotecarias:instrumentos financieros emitidos por los bancos y sociedades financieras para financiar la construcción de viviendas y otras actividades productivas. Tales instrumentos son vendidos, con la garantía de la entidad emisora, en el mercado de valores. El comprador del instrumento es quien financia la operación y la entidad emisora actúa como intermediario de los fondos prestados al demandante final de recursos (cliente). Se reajustan según la UF y pueden ser prepagadas a la tasa de emisión por el banco emisor. Pagan cupones iguales trimestrales.
  • Mercado:conjunto de transacciones que se realizan entre los compradores y vendedores de un bien o servicio; vale decir, es el punto de encuentro entre los agentes económicos que actúan como oferentes y demandantes de bienes y servicios. El mercado no necesariamente debe tener una localización geográfica determinada; para que exista es suficiente que oferentes y demandantes puedan ponerse en contacto, aunque estén en lugares físicos diferentes y distantes. Por lo tanto, el mercado se define con relación a las fuerzas de la oferta y de la demanda constituyéndose en el mecanismo básico de asignación de recursos de las economías descentralizadas. Organización en donde se realizan comprar y ventas de mercancías.
  • Mercado de capitales:es aquel mercado en el que empresas e instituciones públicas van a buscar dinero con el que financiarse a largo plazo.
  • Mutuo hipotecario endosable:es un préstamo de dinero documentado en escritura pública, que cuenta con garantía de un bien raíz, otorgado a personas naturales o jurídicas para financiar la adquisición, construcción, ampliación, reparación de todo tipo de bienes raíces ubicados en zonas urbanas y rurales con un destino habitacional o comercial, o para fines generales. Se llama mutuo hipotecario endosable porque una vez que se le paga al vendedor, se puede ceder el mutuo (endosar) a otras Instituciones autorizadas por ley.
  • Mutuos hipotecarios endosables administrados:son mutuos hipotecarios endosables administrados por una institución financiera sin formar parte, contablemente, de su cartera hipotecaria. Esto último puede ocurrir por que tales mutuos fueron cedidos o endosados a otra institución y se mantuvo su administración. También puede ocurrir que la institución financiera brinde el servicio de administración para mutuos otorgados por otra institución.
  • Mutuos hipotecarios endosables cedidos:créditos que han sido endosados desde una institución financiera a otra institución.
  • Mutuos hipotecarios endosables adquiridos:créditos que una institución financiera ha adquirido vía endoso desde otra institución.
  • Mutuos hipotecarios endosables otorgados:financiamientos hipotecarios otorgados directamente por la institución financiera a sus clientes
  • Pasivo:valor de los recursos que financian los activos de la empresa.
  • Precio:cantidad de dinero dada a cambio de una mercancía o servicio, es decir, el valor de una mercancía o servicio en términos monetarios. En la compra de bienes y algunos servicios se denomina “precio”; en el alquiler de los servicios del trabajo “salarios”, sueldo, etc.; en el préstamo de dinero o capital “interés”; en el alquiler de la tierra o un edificio “renta”.
  • Prepago:es el pago anticipado de una obligación con una institución financiera, que en la mayoría de los casos, permite evitar el pago de los intereses totales.
  • Préstamo:transacción conforme a la cual una parte proporciona a otra un cierto activo (con mayor frecuencia un activo financiero) con la obligación del prestatario de devolverlo al prestamista junto a los intereses correspondientes en la forma y plazo estipulados en el acuerdo. En ocasiones, esta operación supone la exigencia de una garantía como respaldo al pago del préstamo.
  • Préstamos hipotecarios:mutuos hipotecarios para los cuales, de acuerdo a la legislación vigente, no existe posibilidad de endoso. En razón de lo anterior, lógicamente, no son aplicables las distinciones utilizadas para mutuos hipotecarios endosables. En otras palabras, la totalidad de este tipo de préstamos corresponde a financiamientos hipotecarios directos otorgados por la institución a sus clientes
  • Reajustabilidad:corresponde al ajuste en el valor del ahorro, para mantenerlo con su mismo valor respecto de la inflación.
  • Renta fija:corresponde a los sistemas de ahorro en que desde el momento en que se lleva el dinero al banco, se conoce la tasa de interés que se pagará regularmente, de acuerdo con el plazo que se haya fijado. Los depósitos a plazo y de las cuentas de ahorro funcionan de esta manera y son preferidas por quienes desean tener un riesgo bajo en sus ahorros, aunque reciban una rentabilidad menor.
  • Renta variable:corresponde a los sistemas de ahorro en que la tasa de interés dependerá de varios factores, tales como el comportamiento del mercado o la inflación de un período, por lo que nunca se puede asegurar el monto en que variará su rentabilidad, la que incluso puede llegar a ser negativa, es decir, constituir una pérdida para quien ahorra. Las acciones son el mejor ejemplo de este tipo de variabilidad y son preferidas por quienes desean una rentabilidad mayor, aunque deban experimentar un riesgo más alto.
  • Rentabilidad:tasa de retorno obtenida de una inversión en un valor específico o de algún título de propiedad.
  • Sistema bancario:está constituido por el conjunto de entidades bancarias que se rigen por las mismas disposiciones legales, se encuentran autorizadas para realizar las mismas operaciones y están sujetas a la supervisión de una misma autoridad fiscalizadora.
  • Sistema financiero:es un conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan las unidades de gasto con superávit hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit. Es un medio de canalización de recursos desde los ahorradores (personas que gastan menos de lo que ganan) a los prestatarios (personas que gastan más de lo que ganan).
  • Spread:es la diferencia entre la tasa de interés que cobran a quienes piden préstamos y la tasa de interés que pagan a las personas que depositan su dinero en las instituciones financieras.
  • Stock:operaciones acumuladas en un período determinado, netas de operaciones extinguidas vía prepagos de clientes, términos de plazos y castigos.
  • Tasa de encaje:es la fracción de los depósitos que los bancos deben mantener como reservas en el Banco Central.
  • Tasa de interés:es un porcentaje de la operación de dinero que se esté realizando. Si se trata de un depósito, la tasa de interés expresa el pago que recibe la persona o empresa que deposita el dinero por poner esa cantidad a disposición del otro. Si se trata de un crédito, la tasa de interés es el monto que el deudor deberá pagar a quien le presta, por el uso de ese dinero.
  • Tasa de interés corriente:de acuerdo al Artículo 6 de la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, es el interés promedio cobrado por los bancos y las sociedades establecidas en Chile en las operaciones que se realicen en el país, con exclusión de las comprendidas en el artículo 5 de la misma Ley. Corresponde a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras determinar las tasas de interés corriente, pudiendo distinguir entre operaciones en moneda nacional, reajustables o no reajustables, en una o más monedas extranjeras o expresadas en dichas monedas o reajustables según el valor de ellas, como asimismo, por el monto de los créditos, no pudiendo establecerse más de dos límites para este efecto, o según los plazos a que se hayan pactado tales operaciones
  • Tasa de interés de captación:es un porcentaje de la operación de dinero que se esté realizando, que se expresa en un monto de dinero y que se paga a la persona o empresa que deposita el dinero en el banco.
  • Tasa de interés de colocación:es un porcentaje del crédito que se expresa en un monto de dinero. Normalmente se paga de manera adicional a la cantidad de dinero que se está pidiendo al banco.
  • Tasa de interés máxima convencional:es el límite superior que puede alcanzar la tasa de interés y corresponde a un 50% más que el interés corriente. Es fijada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y la trasgresión a este límite está sancionada por la ley 18.010 (Artículo 6).
  • Transacción:es una operación comercial que consiste, fundamentalmente, en aceptar cheques y órdenes de transferencia de dinero de una cuenta a otra.
  • UF:la Unidad de Fomento (UF) es uno de los sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central de Chile, al amparo de lo establecido en el número 9 del artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional. De acuerdo a la definición de este organismo, la UF se reajusta a partir del día diez de cada mes y hasta el día nueve del mes siguiente, en forma diaria, a la tasa promedio geométrica correspondiente a la variación que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor que determina el Instituto Nacional de Estadísticas o el organismo que lo reemplace, en el mes calendario inmediatamente anterior al período para el cual dicha unidad se calcule. La Unidad de Fomento tendrá un valor de $ 5.458,97 el día 9 de enero de 1990. Esta unidad fue creada el 20 de enero de 1967, cuando comenzó a funcionar con un valor trimestral de 100 escudos y que era calculado trimestralmente. A partir de octubre de 1975 este instrumento comienza a expresarse en pesos y ese mismo año se fijó mensualmente. Todo en el ánimo de enfrentar los bruscos cambios inflacionarios con una herramienta que identificara un precio reajustable y por un período acotado. Un decreto de julio de 1977 determinó los valores diariamente para los períodos comprendidos entre el día 10 de cada mes y el 9 del mes siguiente, de acuerdo a la variación experimentada por el IPC. A partir del 8 de enero de 1990 el Banco Central de Chile pasó a determinar el valor diario.
  • Voucher:es el pagaré que extienden los establecimientos comerciales a los tarjetahabientes en el momento que realizan compras con tarjeta de crédito, a modo de comprobante de la operación realizada. Para el establecimiento comercial representa la forma de exigir al banco que le entregó la tarjeta, el pago de los consumos hechos por el cliente que compra con tarjeta.

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